La Justicia de Salta dictó un fallo que refleja un cambio cada vez más visible en los tribunales argentinos: las mascotas ya no son consideradas simples bienes materiales, sino integrantes del núcleo afectivo familiar.
En esta oportunidad, un juez ordenó que un hombre le pague una cuota alimentaria mensual a su expareja para cubrir los gastos del perro que ambos compartían antes de separarse. Además, la resolución estableció un régimen de visitas y cuidado compartido del animal.
El caso generó repercusión porque marca un precedente dentro de los conflictos familiares vinculados a mascotas, conocidas popularmente como “perrhijos”. Según se explicó en el fallo, el objetivo es garantizar el bienestar del animal y preservar el vínculo afectivo con ambas partes.
La decisión judicial contempló gastos básicos como alimentación, atención veterinaria, medicamentos y otros cuidados necesarios para mantener la calidad de vida del perro. También se fijaron pautas para que ambos puedan compartir tiempo con la mascota de manera organizada.
En los fundamentos, la Justicia sostuvo que los animales son “seres sintientes” y que deben recibir una protección especial dentro del ámbito familiar. Ese criterio viene creciendo en distintos puntos del país y ya existen antecedentes similares en provincias como Buenos Aires y Córdoba.
Durante los últimos años, los tribunales argentinos comenzaron a incorporar una mirada más amplia sobre el rol de las mascotas en las familias modernas. Por eso, en separaciones o divorcios, cada vez son más frecuentes los conflictos vinculados a la tenencia, el cuidado y los gastos de los animales de compañía.
El fallo de Salta volvió a abrir el debate en redes sociales, donde muchos usuarios apoyaron la medida y destacaron la importancia de garantizar el bienestar de las mascotas incluso después de una ruptura de pareja.



